

El pasado 14 de julio, el SAT dio a conocer prórroga concedida al 31 de diciembre de 2022 para diversos trámites. Ello con el propósito de otorgar facilidades a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones.
Los trámites sujetos a prórroga son:
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• Cancelación de facturas electrónicas anteriores a 2022.
• El uso de factura electrónica 3.3, ya que la versión 4.0 será a partir de 1 de enero 2023.
• Los contribuyentes de Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas desde el portal del SAT, sin necesidad de contar con la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.
• Las personas físicas con Régimen Simplificado de Confianza deben contar con firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
• Se extiende prórroga a los contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario, registrado o actualizado sus medios de contacto.
Con estas medidas se pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas. Se busca que los procesos sean cada vez más simples para cumplir el abc institucional: aumentar la recaudación, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la corrupción.
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